Seguro de transporte para empresas

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Este seguro tiene por objeto amparar la pérdida o daño de los bienes o valores con ocasión de su transporte, ya sea por vía marítima, fluvial, terrestre o aérea.

Las coberturas de la póliza de transporte se dividen según el tipo de transporte el tipo de bien y especialmente dependiendo de la ubicación geográfica en la cual se trasladará dicho bien o mercadería:

  • Transporte de importación: ampara importaciones de mercaderías propias del giro del negocio.
  • Transporte de exportación: ampara exportaciones de mercaderías propias del giro del negocio.
  • Transporte interno: ampara las movilizaciones de mercaderías del asegurado propias del giro del negocio.
  • Transporte de dinero: ampara la movilización de dinero en moneda nacional y/o extranjera, en efectivo, cheques, títulos, vouchers de tarjetas de crédito y otros documentos representativos de valor, fuera del predio asegurado, mientras se encuentren en tránsito dentro del territorio nacional.
  • Libre de avería particular

    sujeto a las exclusiones de la póliza. La Compañía es responsable por pérdidas o daños que sufra la mercadería asegurada únicamente cuando son consecuencia directa de uno de los siguientes eventos, llamados accidentes específicos:
    • Terremoto, erupción volcánica, marejada, inundación, avalancha, deslizamiento de tierra, alud, huracán, rayo, naufragio, encalladura, buque haciendo agua y en necesidad de buscar un puerto de refugio.
    • Colisión del medio de transporte con una sustancia sólida, volcadura, descarrilamiento, caída de puentes, caída de aeronaves o partes de ellas.
    • Explosión, incendio, así como también la pérdida total de bultos completos (mercadería y empaque) que ocurra durante la carga, descarga o trasbordo, entendiéndose para los fines de esta cláusula “como pérdida total” la desaparición física de un bulto por caída al agua del mismo.
  • Todo Riesgo

    la Compañía es responsable por cualquier pérdida o daño que sufra la mercadería asegurada, con excepción de las exclusiones.
  • Con avería particular

    sujeto a las exclusiones de la póliza. La Compañía es responsable por pérdidas o daños que sufra la mercadería asegurada, con exclusión de los riesgos especiales que constan a continuación, a menos que se cubran expresamente mediante Condiciones Particulares:
    • Mojadura por agua dulce o exudación del buque.
    • Herrumbre y otras formas de oxidación.
    • Rotura.
    • Derrame.
    • Pérdidas o daños causados por ratas.
    • Pérdidas o daños causados por bichos provenientes de una fuente externa.
    • Contaminación por olores extraños.
    • Robo, ratería y Falta de Entrega.